Los trabajadores dependientes e independientes que cumplen con los aportes obligatorios en la AFP correspondiente, tiene la opción de mejorar su pensión o adelantar la fecha de su jubilación por medio del Ahorro Pensional Voluntario, un aporte que te ayudará a construir la pensión deseada por medio del régimen tributario de las APV. Contar con una pensión de vejez es un excelente beneficio en esa etapa de la vida, que te permitirá cubrir tus gastos y continuar con una buena calidad de vida aunque hayas al haber culminado con la vida laboral.
En el siguiente post conocerás más sobre cuál es el régimen tributario de las APV y sus beneficios.
¿Cuál es el régimen tributario de las APV?
El Ahorro Pensional Voluntario es una medida de ahorro que les permite a los trabajadores ahorrar un monto adicional a los aportes obligatorios realizados en la AFP correspondiente, cuyo beneficio depende del régimen tributario escogido y la renta bruta de los trabajadores. Para hacer una elección asertiva de ahorro es importante conocer cuál es el régimen tributario de las APV.
El primer paso para ahorrar en un APV es seleccionar el régimen tributario de las APV que mejor se adapte a tu rentabilidad laboral, pues los dos regímenes tributarios que existen aportan beneficios que podrás aprovechar en totalidad dependiendo de tu renta bruta anual, así como de los aportes que realices en el APV. Los dos regímenes tributarios de las APV son:
Régimen Tributario Impuesto al Ahorrar o Régimen A:
Ahorrar bajo el Régimen Tributario A de las APV le permite al trabajador cumplir con sus deberes tributarios automáticamente, pues los impuestos generados se pagan al momento de ahorrar, por lo que si se desea retirar el saldo, el cliente no necesita tributar sobre el mismo, solamente por la rentabilidad real obtenida. Además, este régimen otorga al cliente una bonificación fiscal anual del 15% de los aportes de ahorro, bono que no superará los 6 UTM.
El incremento de tus ahorros con el Régimen Tributario A se puede vislumbrar anualmente, al recibir el porcentaje de bonificación, además de reflejar el saldo final de tus ahorros, al momento de retirar, pues los impuestos ya habrían sido descontados.
Régimen Tributario Impuesto al Retirar o Régimen B
El Régimen Tributario B de las APV es la alternativa tradicional, con el cual no se paga impuesto de los ahorros ingresados, ya que los mismos se descuentan de la base imponible del impuesto único de segunda categoría.
Al ahorrar bajo el Régimen Tributario B pagas menos impuesto a la renta, ya que este rebaja tu base imponible mensual, la cual determina los impuestos correspondientes. Al ser trabajador dependiente, y realizar tus ahorros APV a través de tu empleador, disminuyes el impuesto a la renta a pagar y aumentas tu sueldo, con un tope benéfico de 50 UF, en cambio, si realizas tus ahorros por el depósito directo, obtienes una mayor devolución de impuestos con un tope benéfico anual de 600 UF.
Y al ser trabajador independiente, se disminuirá el monto resultante de multiplicar 8,33 UF por el saldo total de las cotizaciones realizadas durante el año, con un tope benéfico de 600 UF.
Elegir cuál es el régimen tributario de las APV más conveniente para ti requiere un análisis de las características de cada régimen, teniendo en cuenta las circunstancias y expectativas de ahorro de cada quién y la rentabilidad generada en el trabajo.