Para operar en la bolsa se requiere tener una cuenta de valores abierta con un corredor de bolsa, y este intermediario es el que se encarga de que nuestras órdenes lleguen al mercado, donde la Bolsa de Comercio de Santiago gestionará dichas órdenes para que se realice la transacción de vendedores a compradores cuando ambos precios coincidan llegando a un acuerdo.
Además de pagarle la comisión al Corredor de Bolsa, también hay que tener en cuenta que se pagan tarifas por operar en la bolsa.
Estructura tarifaria
La CCLV en su estudio Tarifario 2014 consideró pertinente mantener una estructura de tarificación por tramo ya que incentiva el desarrollo de una mayor actividad en el mercado, y lo beneficia en el medio y largo plazo porque traspasa a los usuarios las economías de escala que se produzcan por aumentos de la actividad. De acuerdo a estas consideraciones, la estructura tarifaria por tramos empleada por la CCLV para el cobro de órdenes, dependerá del volumen de operaciones de compra y venta ingresadas en los sistemas de compensación y liquidación, y las tarifas son las siguiente:
Tramos | Volumen de ordenes de compensación | Tarifa(UF) | |
Tramo 1 | 0 | 10.000 | 0.02311 |
Tramo 2 | 10.001 | 20.000 | 0.01849 |
Tramo 3 | 20.001 | 30.000 | 0.01388 |
tramo 4 | 30.001 | 40.000 | 0.00916 |
Tramo 5 | 40.001 | en adelante | 0.00457 |
La estructura tarifaria no significa que a los agentes se les aplique la tarifa del tramo en el cual se encuentra su nivel de órdenes, sino que escalonadamente se les cobra por las primeras 10.000 la tarifa correspondiente, luego la tarifa del tramo 2 por las siguientes 10.000 y así sucesivamente hasta completar el volumen total de órdenes que haya registrado en el mes.
Los montos a cobrar son calculados en base al valor de la Unidad de Fomento (UF) del último día del mes y facturados por la CCLV en el mes siguiente al que se ha prestado el servicio. A estas tarifas se les debe agregar el IVA para determinar el total de facturación del mes.
Tarifas por instrumentos derivados
De acuerdo al Estudio Tarifario 2014 de la CCLV, los agentes liquidadores y los agentes liquidadores indirectos deberán pagar una tarifa por los servicios de compensación y liquidación de instrumentos derivados, lo que corresponderá a un porcentaje del mnto de cada orden de compensación aceptada según el instrumento derivado y el activo subyacente. Las tarifas son las siguientes:
BOLSA | CCLV | |
Mercados de futuros - Tarifa de negociación | Compensación y liquidación de instrumentos derivados | |
Contrato de Futuros | Tarifa | Tarifa |
IPSa e IPSA MINI | 0.0015% + IVA | 0.0035% + IVA |
Dólar y Dólar MINI | 0.0006% + IVA | 0.0014% + IVA |
Unidad de Fomento | 0.0010% + IVA | 0.0023% + IVA |
Índice Cámara Promedio | 0.0010% + IVA | 0.0023% + IVA |
Bonos Banco Central de Chile y Tesorería | 0.0010% + IVA | 0.0023% + IVA |
Como vemos, a parte de las comisiones que cobran los corredores de bolsa, la CCLV también cobra unas tarifas por operar en la Bolsa de Santiago que varían por tramos en función de la cantidad de operaciones de compra y de venta que realicen los agentes y además también aplican tarifas a las operaciones con derivados.