En el mes de abril, el Servicio de Impuestos Internos (SII) perteneciente al estado chileno, ejecuta la llamada operación renta la cual consiste en el pago de los impuestos por parte de los contribuyentes.
Mucho se ha analizado sobre cómo se llevara a cabo dicho procedimiento este año ya que la presencia del Covid-19 limita en su totalidad la asistencia a instituciones bancarias y oficinas del SII.
Es por ello que el gobierno de Sebastián Piñera dentro de la emergencia económica ha establecido una serie de estrategias que permitan realizar el pago de los impuestos sin poner en riesgo la vida de las personas.
Medidas implementadas para garantizar la seguridad sanitaria en la operación renta.
Como todos los años, la declaración del impuesto inicia el 1er de Abril y este año se presenta la diferencia que aquellas oficinas del SII a las cuales se dirigían los contribuyentes se encontraran cerradas debido a al aislamiento por el coronavirus.
En tal sentido se procedió a reforzar la plataforma virtual de la institución encargada de recaudar los impuestos con la finalidad que puedan realizarse todos los procedimientos a través de la web.
El proceso comenzó formalmente y para evitar caídas en los servidores y lentitud en la declaración del impuesto, se han establecido medidas alternas de pago aunque ya en otros años se había incorporado la opción de realizar los aportes mediante algunos bancos, este año se han adicionado un nuevo grupo de instituciones financieras.
Así mismo, se dio como plazo hasta el 8 de mayo para que puedan realizarse las declaraciones por internet. La opción que se implementó por concepto del coronavirus es confirmar las declaraciones incluso sin realizar los pagos todo esto en el marco de la ley de emergencia por la pandemia.
Por ejemplo, los contribuyentes quienes realicen su declaración hasta el 23 de abril y tengan retribuciones o devolución de impuesto por concepto de la declaración de la renta del 2019, recibirán un depósito antes del 13 de mayo de este año, si dicha declaración es realizada después de la fecha indicada, el deposito será 16 dias después según sea la fecha de la declaración.
Por otra parte las pymes, podrán realizar su declaración de impuestos aunque no realicen la transferencia electrónica y tendrán hasta julio del 2020 para postergar su pago. En cuanto a la retribución si es necesario realizar una devolución de impuestos, si presentaran su declaración entre el 11 y el 19 de abril recibirán la retribución correspondiente para el 29 de abril y si dicha declaración se hace después del 19 de abril la devolución se hará 10 dias después.
Los trabajadores independientes a honorarios si se le realizaron retenciones en los periodo tributarios de enero y febrero de este año, se les reintegrara el excedente en sus cuentas bancarias para el 24 de abril, la medida que se adiciono este año es que dichos trabajadores no necesitan realizar la solicitud del reintegro ya que será automática.
Posición de las autoridades chilenas para garantizar la recaudación del impuesto ante la pandemia
Los plazos para la recaudación de los impuestos fueron prolongados, así mismo dentro de las variantes que se incorporaron en la plataforma virtual del SII se encuentra la posibilidad de ver la versión preliminar de la declaración del impuesto y allí se mostraran las fechas posibles de pago.
Por otra parte, la intensión según expreso Fernando Barraza director del SII, es aumentar el acompañamiento a los contribuyentes para que estos desde la seguridad de su hogar puedan cumplir con sus deberes fiscales.
Así mismo, se implementara máxima rapidez en las devoluciones de los impuestos de manera tal que con ese dinero puedan hacerse frente a la emergencia económica producto del Covid-19.
Por su parte, para darle respaldo a las declaraciones del director del SII, la Tesorera General de Chile Ximena Hernández, manifestó que las esperas para el reintegro del impuesto, dependerá exclusivamente de la fecha en que el contribuyente ejecute su declaración.
Las autoridades gubernamentales manifestaron que se dará especial tratamiento a las pequeñas y medianas empresas de manera tal de no acrecentar las emergencias financieras por las que estas se encuentran pasando debido a la crisis económica producto del coronavirus.
Plazos establecidos por el Servicio de Impuestos Internos para la declaración del impuesto:
Los trabajadores independientes, trabajadores a honorarios y pequeñas y medianas empresas, que vayan a realizar sus pagos por contar con los recursos suficientes, pueden hacerlo hasta el 30 de mayo.
Si la declaración se va a enviar y se va a acoger a la ley de emergencia económica y el pago se realizara en el mes de julio, se tiene plazo hasta el 8 de mayo para presentar dicha declaración.
Declaraciones juradas novedades del proceso 2020
En cuanto a la presentación de declaraciones juradas, el SII elaboro una propuesta especial con el fin de beneficiar a los 3 millones de contribuyentes que conforman este grupo.
Se modificaron 14 declaraciones juradas, 8 cambiaron solamente en las instrucciones, 6 se modificaron en el formulario y 2 fueron eliminadas directamente estas fueron la declaración jurada 1836 que establece la transferencia de caballos de fina sangre y caballos chilenos y la declaración jurada 1901 que versa a la declaración anual sobre aquellos beneficios de asignaciones familiares y maternales.
Hay que recordar que la presentación de declaraciones juradas, es el mecanismo mediante el cual se recoge la información de rentas, beneficios tributarios y créditos para que con ello el SII realice una base para el análisis de cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Esta novedad se implementó este año en el marco de la ley de emergencia económica y como una manera de simplificar el procedimiento para la cancelación de las obligaciones tributarias de más de 500 Mil empresas.
Aunque el gobierno de Sebastián Piñera inicialmente habría manejado la alternativa de retrasar el pago del impuesto, la grave crisis económica a que presenta Chile obligo a respetar el cronograma pero ampliando un poco las fechas de pago.
La intención es que los 3.2 Millones de contribuyentes quienes son personas naturales y se encuentran bajo el régimen 14 Ter, también puedan cancelar sus obligaciones y que esto no afecte directamente su economía familiar.